Los docentes están acostumbrados a dar traslados de alumnos, para que estos se escriban en otros grados, en está ocasión no me había tocado hacerlo con el NUEVO MODELO EDUCATIVO . Por lo que me di a la tarea de leer la norma que rige los traslados en los diversos niveles educativos de educación básica (preescolar, primaria y secundaria). Para aquellos que aún no lo sepan la Secretaría de Educación Pública tiene un portal con las NORMAS DE CONTROL ESCOLAR . Puedes consultar las normas en el siguiente enlace http://www.controlescolar.sep.gob.mx/es/controlescolar/Documento_de_Normas Ahora en lo que corresponde al punto: 3.16. Educandos en traslado : El traslado es el cambio de educandos de un plantel a otro que se efectúa a partir del primer día hábil del mes de octubre y podrá ser en cualquier momento del ciclo escolar. Una vez iniciado el traslado del educando, este no puede exceder de treinta días hábiles ; si se rebasa la solicitud deberá ser sometida a consideración
Material Educativo y Recursos Formativos