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Nuevas Reglas de Alimentos en Escuelas 2024: Lo que Todo Director y Docente DEBE Saber | USICAMM

abril 07, 2026
Nuevas Reglas de Alimentos en Escuelas 2024: Lo que Todo Director y Docente DEBE Saber | USICAMM

Nuevas Reglas de Alimentos en Escuelas 2024: Lo que Todo Director y Docente DEBE Saber

¿Qué onda, colegas? Alex Duve aquí, y hoy vamos a hablar de un tema que ya está dando de qué hablar en todas las escuelas y que, sin duda, será clave en procesos como la Promoción Vertical USICAMM 2026. Se trata del nuevo Acuerdo sobre los alimentos y bebidas que se venden y consumen en los planteles. Y ojo, porque no es una sugerencia, es la norma y ya está en vigor.

En mi canal de YouTube, les compartí un #Shorts con los puntos clave, pero aquí en el blog vamos a desmenuzarlo todo, porque entender esto es parte fundamental de una gestión escolar efectiva y responsable. Así que, agarren su café (pero no lo lleven a la cooperativa, ya verán por qué) y pongamos atención.

¿De qué Acuerdo estamos hablando?

Desde septiembre de 2024, entró en vigor un nuevo Acuerdo (el 11-03-2024, publicado en el DOF) que modifica los lineamientos generales para el expendio y distribución de alimentos y bebidas en las escuelas del Sistema Educativo Nacional. Esto aplica para TODAS: públicas y privadas, desde preescolar hasta bachillerato. Se acabó el "es que en mi escuela hacemos así". Ahora hay una regla clara y, lo más importante, hay sanciones por no cumplirla.

Lo que queda PROHIBIDO en la cooperativa y la escuela

Aquí es donde muchos tendrán que hacer un cambio de 180 grados. El acuerdo es muy específico en lo que no puede entrar a la escuela para su venta o distribución gratuita:

  • Productos con sellos de advertencia: La ley es clara. Si el producto tiene uno o más sellos de "Exceso de calorías", "Exceso de azúcares", "Exceso de grasas saturadas", "Exceso de grasas trans" y/o "Exceso de sodio", NO PUEDE venderse ni distribuirse dentro de la escuela.
  • Edulcorantes no calóricos: Esto es nuevo y muy importante. Quedan prohibidos los productos que contengan edulcorantes como aspartame, sucralosa, estevia, etc. Es decir, refrescos de dieta, aguas saborizadas "sin azúcar", yogures light con estos endulzantes... ¡fuera!
  • Cafeína: Prohibida para la población preescolar y escolar. Así que bebidas energéticas, cafés listos para beber o cualquier producto adicionado con cafeína, no son permitidos.
  • Publicidad de comida chatarra: Se prohíbe toda publicidad, promoción o patrocinio de alimentos y bebidas que no cumplan con los criterios nutrimentales del acuerdo. Nada de logos en los cuadernos, patrocinios en eventos deportivos escolares o anuncios dentro del plantel.

Lo que SÍ se promueve y debe estar disponible

No todo es prohibición. El acuerdo busca fomentar una cultura de alimentación saludable, por eso establece lo que se debe promover:

  • Agua simple potable: Debe ser la bebida principal y de acceso libre y gratuito para todos los estudiantes.
  • Frutas y verduras frescas: De temporada y preferentemente locales. Son la base de lo que se debe ofrecer.
  • Cereales integrales: Como tortilla de maíz, pan integral, avena, etc.
  • Leguminosas y alimentos de origen animal preparados con poca grasa: Priorizando preparaciones al horno, asadas, cocidas o a la plancha.

La idea es que la oferta principal en la cooperativa sean alimentos preparados al momento, frescos y naturales, no productos industrializados.

La responsabilidad recae en la Dirección Escolar

Este punto es crucial, especialmente para los directores que buscan su Promoción Vertical. El acuerdo señala claramente que la directora o el director del plantel es la autoridad responsable directa del cumplimiento de estos lineamientos.

¿Qué implica esto? Que no pueden hacerse de la vista gorda. Deben supervisar y asegurar que lo que se vende en la cooperativa, lo que se reparte en los desayunos escolares e, incluso, lo que se vende en la puerta de la escuela (si la institución tiene control sobre ese espacio), cumpla con la norma. La autoridad educativa (como USICAMM en su ámbito) puede verificar el cumplimiento y, de no haberlo, aplicar sanciones, que pueden ir desde amonestaciones hasta otras medidas administrativas.

El plazo de 180 días YA VENCIÓ: Es hora de actuar

El acuerdo estableció un plazo de 180 días naturales para que las escuelas se adaptaran. Ese plazo ya venció. Esto significa que, a la fecha de hoy, todas las escuelas deberían estar aplicando estos lineamientos al 100%. No hay más tiempo que esperar.

Si en tu escuela todavía hay refrescos, frituras con sellos, galletas con edulcorantes o cualquier producto prohibido, es momento de sentarse con el comité de la cooperativa, con los concesionarios y con la comunidad escolar para hacer el cambio. No solo es una obligación legal, es una responsabilidad con la salud de nuestros alumnos.

¿Por qué es tema de estudio para la USICAMM?

Para los docentes que se preparan para la Promoción Vertical USICAMM 2026, este no es un tema menor. Los procesos de evaluación para ascenso o reconocimiento cada vez integran más aspectos de la gestión escolar integral. Conocer la normativa vigente, entender las responsabilidades directivas en temas de salud y convivencia, y saber aplicar estrategias para el bienestar de la comunidad escolar, son competencias evaluadas. Un director que no conoce o no aplica estos lineamientos está mostrando una falla en su gestión.

Compañeros y compañeras, la salud de nuestros estudiantes es un pilar para su aprendizaje. Estos lineamientos, más que un obstáculo, son una oportunidad para construir entornos escolares más sanos. Como siempre, les recomiendo ver el video en YouTube donde resumo esta info, y suscribirse al canal para no perderse todo el contenido que preparo para apoyarlos en su carrera docente y en procesos como el de la USICAMM.

¿Ya revisaron cómo está la situación en su escuela? ¡Cuéntenme en los comentarios del video! Y no olviden probar sus conocimientos con el simulador gratuito que les dejo en los recursos. ¡Un abrazo y mucho éxito!

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