Disposiciones para normar las funciones de asesoría técnica y el proceso de selección del personal directivo que se desempeñará como asesor técnico en EB
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http://file-system.uscmm.gob.mx/2020-2021/compilacion/DISPOSICIONES_FUNCIONES_DE_TUTORIA_AT_2020.pdf
IV. Requisitos para participar en el proceso de selección del personal directivo con función de asesor técnico
Artículo 15. Los directores interesados en desempeñar la función adicional de asesoría técnica, deberán cumplir con los elementos multifactoriales que se clasifican en los siguientes requisitos y factores:
a. Contar con grado de licenciatura acorde a la función y categoría de su plaza;
b. Tener nombramiento definitivo como personal con funciones de director escolar y haber desempeñado sus funciones durante al menos tres años ininterrumpidos en el nivel y servicio educativo en que laboran;
En el caso exclusivo de educación indígena, multigrado y telesecundaria podrá participar también el personal que, además de realizar su función docente frente a grupo, atiende aspectos administrativos, de gestión y pedagógicos, de su centro de trabajo;
c. Contar con una sola plaza y abstenerse de desempeñar otra función adicional;
d. Llenar el Formato de solicitud para desempeñar la función de asesoría técnica en Educación Básica (Anexo 1) y la Carta compromiso del aspirante a asesor técnico (Anexo 2);
e. Presentar evidencia de los requisitos y factores del desempeño para la función de asesoría técnica contemplados en la Ficha Técnica (Anexo 3);
f. Tener habilidades básicas en el manejo de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC); y
g. No contar con nota desfavorable en su expediente, fundada y motivada
Fuente: USICAMM
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