1 . Competencias para la vida que deberán desarrollarse en los tres niveles de la Educación Básica, con las acciones que lo favorecen.
1. Competencias para el aprendizaje permanente. Habilidad lectora, comunicarse en más de una lengua, habilidades digitales, aprender a aprender.
2. Competencias para el manejo de la información. Identificar lo que se necesita saber; aprender a buscar, identificar, evaluar, seleccionar, organizar y sistematizar información.
3. Competencias para el manejo de situaciones. Enfrentar el riesgo, la incertidumbre, llevar a buen término un procedimiento, administrar el tiempo y tomar decisiones, entre otras.
4. Competencias para la convivencia. Empatía, relacionarse armónicamente con otros y con la naturaleza, ser asertivo, trabajar de manera colaborativa, tomar acuerdos y negociar con otros y reconocer y valorar la diversidad social, cultural y lingüística.
5. Competencias para la vida en sociedad: Decidir y actuar con juicio crítico frente a las normas y los valores sociales y culturales; proceder en favor de la democracia, la paz, la libertad, el respeto a la legalidad y a los derechos humanos.
2. Identifica los artículos y leyes en los que se sustenta el Acuerdo número 592 por el que se establece la Articulación de la Educación Básica.
b. Artículo 2o constitucional.= señala que la Nación Mexicana tiene una composición pluricultural y que la Federación, los Estados y los Municipios tienen la obligación de garantizar e incrementar los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación bilingüe e intercultural de los pueblos y comunidades indígenas;
c. Artículo 3o constitucional.= Establece que la educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia, y basada en los resultados del progreso científico
e. Ley General de Educación.= confiere a la autoridad educativa federal, entre otras atribuciones exclusivas, la de determinar para toda la República los planes y programas de estudio, entre otros, para la educación preescolar, la primaria y la secundaria; elaborar y mantener actualizados los libros de texto gratuitos; fijar lineamientos generales para el uso de material educativo para dichos niveles educativos; regular un sistema nacional de créditos, revalidación y de equivalencias,
3. Artículo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que señala que los gobiernos federal, estatal y municipal están obligados a garantizar y elevar los niveles de escolaridad favoreciendo la educación bilingüe e intercultural de los pueblos y comunidades indígenas. B) Artículo 2°.
4. Según lo establecido en el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la educación que imparta el Estado tenderá a:
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